LA SIGUIENTE INFORMACION NO HABILITA A LA APERTURA COMERCIAL
Dada la inminente apertura de las actividades económicas, recreativas y servicios profesionales aun no comprendidas para su normal desarrollo de atención al público, la Cámara de Comercio tomó contacto con las autoridades de aplicación, quienes nos proporcionaron los protocolos exigibles para cada una de las diversas actividades.
--- VER PROTOCOLOS POR CATEGORIAS ---
Es por este motivo, que pretendemos proporcionarles estas normativas a los efectos de que se puedan ir contemplando las exigencias a cumplir en los distintos rubros y poder estar, de esta forma, adecuados en el momento que se concrete oficialmente la citada apertura.
Tómese esta información como preliminar, dado que la autorización de apertura es facultad de Ejecutivo Municipal, quien seguramente exigirá una inscripción, permiso o declaración jurada, la que se deberá cumplimentar en dependencia municipales, EN FECHA QUE LAS AUTORIDADES DISPONGAN.
A continuación, acceda a los links de cada actividad protocolizada:
Gimnasios y centros de actividad física y recreativa
Comercios de venta minorista de vehículos nuevos y usados
Comercios de venta minorista de productos elaborados
Restaurantes, bufetes y bares
Profesionales no relacionados a la salud
Actividades deportivas sin contacto físico
Comercios de venta minorista de prendas de vestir y calzado
Productores de seguros, inmobiliarias, gestorías, obras sociales, medicina prepaga y oficinas de gestión de cobranza como servicios de sepelios e instituciones sociales
Profesionales de la salud, de carácter preventivo y seguimiento de patologías crónicas, con sistema de turno previo
Servicios de parquización
Servicio doméstico
ESTA INFORMACION NO HABILITA A LA APERTURA COMERCIAL